Las viviendas de protección oficial (VPO) representan una opción esencial para quienes buscan una residencia asequible. Estas propiedades están sujetas a regulaciones que establecen condiciones específicas de precio, diseño y habitabilidad para asegurar su acceso a individuos y familias con recursos limitados o en una situación de vulnerabilidad económica.
Una pregunta frecuente es si es factible comprar o alquilar otra vivienda protegida siendo ya titular de una. Profundizamos en la realidad de esta situación y las normativas que la regulan.
Una VPO es aquella que cumple con normas preestablecidas relacionadas con sus medidas, diseño, uso y coste, regulado a través de sus calificaciones provisionales y definitivas. Las comunidades autónomas son las encargadas de definir los estándares que estas viviendas deben cumplir, además de los tipos de viviendas protegidas disponibles, como VPO, VPPB, VPPL, VPT, entre otros.
Estos inmuebles ofrecen precios más bajos en comparación con el mercado abierto pero están acompañados de varias restricciones durante su periodo de protección.
Las VPO suelen tener un costo de venta o alquiler limitado, definido por las comunidades autónomas en base a la categoría de protección, localización y la legislación vigente en el momento de obtener la calificación provisional, que permite el inicio de la construcción de estas viviendas.
Las mencionadas limitaciones buscan evitar la especulación y garantizar que las VPO cumplan su función social.
De acuerdo con los principios reguladores del acceso a viviendas protegidas, la posesión previa de una VPO aparece como un impedimento para adquirir una segunda. Esto se debe a que las VPO están pensadas para personas que no poseen ninguna otra residencia.
Existen excepciones muy específicas, pero en general, no es viable adquirir o alquilar otra vivienda protegida si ya se cuenta con una, maximizando así las oportunidades para quienes realmente lo necesitan.
Por lo tanto, la adquisición o arrendamiento de una vivienda protegida adicional no está permitida si ya se es titular de una vivienda con dichas características o de una vivienda libre. Es vital consultar con una gestora de cooperativas de experiencia para asesoría detallada en casos específicos.